El Consejo del Gobierno de Canarias ha aprobado este viernes el decreto ley por el que se aprueban las condiciones y las cuantías máximas de las prestaciones económicas vinculadas al servicio, a los cuidados en el entorno familiar y al apoyo a personas cuidadoras no profesionales, las reguladas en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia.
Se entiende como prestación económica vinculada al servicio (PEVS) la cuantía económica de periodicidad mensual que tiene por finalidad contribuir a la financiación del coste del servicio que se determine en el Programa Individual de Atención (PIA) para la persona en situación de dependencia, cuando por inexistencia o insuficiencia de servicios públicos o concertados en la red del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias no sea posible el acceso a ellos.
Esta prestación económica es de carácter personal y podrá vincularse a cualquiera de los servicios del catálogo del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
El proyecto de decreto ley establece, como requisitos generales para acceder a la PEVS, que las personas beneficiarias sean residentes en Canarias y reúnan los requisitos específicos previstos para el acceso al servicio o servicios de atención, a los que se vincula la prestación; que tengan plaza u acceso a prestación del servicio, en centro o por persona o entidad privada, con o sin ánimo de lucro, debidamente acreditados y que el Programa Individual de Atención (PIA) de la persona en situación de dependencia determine la adecuación de esta prestación.
En relación con las cuantías máximas de esta prestación económica vinculada al servicio, se aplican las cuantías máximas, en función del grado de dependencia reconocido: 800 euros para Grado III; 477,25 euros, para Grado II, y 336 euros, para Grado I.
Prestación económica para cuidados en el entorno familiar
Asimismo, el proyecto de decreto ley regula la prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a personas cuidadoras no profesionales (PECEF), consistente en una cuantía económica cuya finalidad es contribuir a la cobertura de los gastos derivados de la atención específica prestada en su domicilio a quien se encuentra en situación de dependencia y por una persona de su familia o de su entorno, no vinculada a un servicio de atención profesionalizada. Esta prestación únicamente se podrá conceder cuando no sea posible el acceso a un servicio o, en su defecto, a una prestación económica vinculada al servicio, debido a la inexistencia de recursos públicos o privados acreditados.
La concesión de esta prestación implica la designación de una persona cuidadora no profesional, que deberá asumir directa y personalmente la responsabilidad del cuidado y atención de la persona en situación de dependencia.
En cuanto a las cuantías para la prestación PECEF, se establecen las siguientes cantidades máximas: 504 euros, para Grado III; 319,08 euros, para Grado II, y 180 euros, para Grado I.