domingo. 24.11.2024

Los Servicios Jurídicos del Gobierno de Canarias, dependientes de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, que dirige Julio Pérez, están defendiendo ante la justicia la validez de las medidas impuestas por el propio Ejecutivo autonómico para controlar la pandemia de la Covid-19 ante los recursos contenciosos-administrativos interpuestos por diferentes personas naturales y entidades. Los primeros autos, todos de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), con sede en Santa Cruz de Tenerife, respaldan dichas medidas.

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Los demandantes dirigieron los recursos contra los acuerdos del Gobierno de Canarias adoptados en las sesiones extraordinarias celebradas los días 13 de agosto de 2020 y 20 de agosto de 2020 por los que se aprueban la actualización de determinadas medidas de prevención establecidas mediante acuerdo de 19 de junio de 2020 para combatir la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19.

Por un lado, tres sociedades recurrieron las limitaciones impuestas a la hostelería. En este caso, solicitaron medidas cautelares en cuanto al aumento de las restricciones de derechos en materia de aforo y distancia de seguridad; limitaciones en la actividad de restauración; cierre de discotecas y bares de copas con o sin actuaciones musicales en directo; visitas en centros sociosanitarios. En este caso, el TSJC desestimó la medida cautelar propuesta, si bien no impuso costas.

Por otra parte, una organización política interpuso un recurso contencioso administrativo y solicitó una medida cautelar, en este caso, contra la obligatoriedad del uso de las mascarillas contemplada en uno de los acuerdos del Gobierno antes mencionado. La Sala acordó desestimar la solicitud de la medida cautela y condenó en costas a la demandante.

Finalmente, un particular también interpuso un recurso contencioso-administrativo para la protección de derechos fundamentales y solicitó, asimismo, medidas cautelares en cuanto al uso obligatorio de mascarillas. En este caso, el fallo desestima la medida cautelar, pero no impuso costas al demandante.

Hay que tener en cuenta, por un lado, que en todos los casos cabe recurso de reposición. Además, los procesos judiciales continuarán hasta que los órganos judiciales dicten sentencias sobre el fondo de cada asunto, pues lo que ha sido decidido son, como se ha dicho, autos por los que se rechazan las peticiones de suspensión de las medidas del Gobierno, pues no se considera, al menos a primera vista, que carezcan de fundamento o no sirvan al interés general.

La justicia ha respaldado hasta ahora las medidas del Gobierno de Canarias contra la...
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