Con motivo de la publicación de la convocatoria de subvención para la Promoción del Empleo Autónomo del Servicio Canario de Empleo, la Cámara de Comercio de Fuerteventura pone a disposición de los usuarios una línea de consulta atendida por técnicos especializados.
El objetivo de dicho servicio es el de proporcionar asesoramiento a todos aquellos ciudadanos interesados en solicitar la ayuda, resolviendo las principales problemáticas y asesorando con los distintos trámites que se deben llevar a cabo.
Tal y como establece la convocatoria, estas ayudas están destinadas a “la constitución de personas desempleadas en trabajadoras autónomas o por cuenta propia”, siendo requisito indispensable para acceder a ellas encontrarse en situación de desempleo y estar inscrito en el Servicio Canario de Empleo como demandante de empleo u otros servicios.
También podrán beneficiarse de ellas aquellas personas que hayan cursado alta en la Seguridad Social como trabajadoras autónomas dependientes.
El plazo para presentar las solicitudes se amplía hasta el día 2 de octubre de 2023, y el trámite se realizará a través de la Sede Electrónica del Gobierno de Canarias. No obstante, la convocatoria establece ciertas situaciones de excepcionalidad en cuanto a los plazos.
La cuantía máxima de estas subvenciones es de 10.000€ por solicitante, con carácter general. En determinados supuestos (personas paradas de larga duración, que su actividad económica esté dentro de la economía verde, azul o circular, su establecimiento en municipios de menos de 5.000 habitantes y mujeres víctimas de violencia de género), esta cantidad se podrá ver incrementada en 1.000,00 euros o en el 10%, según proceda.
Desde la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias el pasado 24 de abril, los técnicos camerales atienden numerosas llamadas cada día, y asesoran actualmente a 124 usuarios interesados en solicitar la ayuda. Como entidad colaboradora del Servicio Canario de Empleo, la Cámara de Comercio de Fuerteventura se encarga de validar el Plan Económico Financiero y el Plan de Empresa de la actividad por la que se solicita la subvención.
Por su parte, los beneficiarios de esta subvención adquieren el compromiso de realizar efectivamente la actividad subvencionada y de mantener su alta, tanto en la Seguridad Social, como en el IAE durante al menos tres años, debiendo reintegrar las cantidades recibidas, total o parcialmente, así como los intereses correspondientes en caso de no cumplir dicho plazo mínimo.