El TSJC ratifica la nulidad del acuerdo contra Rodrigo Berdullas

Rodrigo Berdullas


El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha desestimado el recurso de apelación presentado por el Ayuntamiento de Pájara y ha confirmado la sentencia que declaró nulo el acuerdo para relegar a Rodrigo Berdullas Álvarez a la condición de concejal no adscrito. El edil, satisfecho, no descarta interponer querellas contra quienes convocaron el pleno donde se determinó su pase del grupo mixto al de concejales no adscritos y, también, contra el secretario de la corporación. 

El Tribunal ha sostenido que el Ayuntamiento actuó de manera contraria a derecho al interpretar de forma extensiva el artículo 28.1 de la Ley de Municipios de Canarias, que regula la figura del concejal no adscrito.

El caso se originó tras el acuerdo adoptado por el pleno municipal de Pájara, que argumentó que Berdullas, elegido bajo las siglas de Podemos Canarias, había abandonado su formación política y debía ser considerado concejal no adscrito. 

La sentencia trae a colación el dictamen 551/2021 emitido por el Consejo Consultivo de Canarias, en el que, a nivel autonómico, se plantea lo mismo que ahora se hace a nivel municipal, y que ante una normativa idéntica  concluye que: “El abandono de la formación de origen cuando la persona afectada está integrada en el Grupo Parlamentario Mixto no produciría consecuencia jurídica alguna".

Además, el Tribunal ha reiterado que el principio detrás de la regulación del concejal no adscrito es evitar el transfuguismo, y que no cabe incluir a casos que excedan lo estrictamente establecido en la ley.

El Tribunal, subraya el documento, comparte sin reservas el planteamiento de la sentencia, que refleja un completo análisis de las circunstancias fácticas y jurídicas concurrentes en el caso examinado. Y, además de completo, "dicho análisis goza de gran solidez jurídica y conceptual y es de por sí absolutamente convincente y adecuada como solución justa del caso".

El TSJC ha condenado al Ayuntamiento al pago de las costas procesales, sumando un revés financiero al jurídico. Este fallo, que refuerza la decisión previa emitida por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Las Palmas, establece un precedente claro sobre la aplicación de las leyes autonómicas y estatales en estos casos.

Por el momento, el Ayuntamiento no ha anunciado si recurrirá la decisión en instancias superiores.

Entretanto, el edil, ahora de AMF y en la oposición, se muestra satisfecho y no descarta interponer querellas contra los convocantes del pleno en el que se determinó su consideración de "no adscrito" y al secretario del Ayuntamiento de Pájara.