El TSJC suspende cautelarmente la autorización de las obras al Hotel Riu Oliva Beach
Nuevo revés para el Hotel Riu Oliva Beach, el Tribunal argumenta que la resolución recurrida es "nula de pleno derecho" porque, entre otras cuestiones, la Comunidad Autónoma asume competencias que son de la Administración General del Estado, en base a la Ley de Costas
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) suspende cautelarmente la orden del Gobierno de Canarias, fechada el 26 de mayo, que autorizaba a la cadena hotelera RIU a llevar a cabo reformas en el Hotel y Apartamentos Oliva Beach, en el municipio de La Oliva.
Esta medida surge como respuesta a un recurso presentado por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico del Gobierno de España, el cual argumenta que si se ejecutan las obras propuestas, una eventual sentencia que ordene la demolición del complejo turístico "sería difícil de llevar a cabo o incluso inejecutable".
El abogado del Estado sostiene que las obras aprobadas por la anterior Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial del Gobierno de Canarias tendrían un impacto en las estructuras existentes, transformándolas,lo que haría que restaurarlas a su estado original fuera costoso o incluso imposible.
También alega que la resolución que se está impugnando es "nula de pleno derecho" porque, según la Ley de Costas, la comunidad autónoma estaría asumiendo competencias que son responsabilidad de la Administración General del Estado.
El abogado del Estado argumenta que estas obras representarían una "consolidación de actuaciones ilegales" y que podrían tener un impacto ambiental negativo en el entorno natural protegido, debido a la presencia de maquinaria pesada, generación de escombros, ruido y vibraciones perjudiciales para la fauna.
El Gobierno de Canarias ha defendido su posición, argumentando que no se ha demostrado claramente qué daños irreparables causaría la autorización, especialmente dado que las obras no serían ejecutadas de inmediato y se centran en la renovación de edificios existentes.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC, después de analizar los argumentos de ambas partes, ha decidido conceder la medida cautelar solicitada por el Gobierno de España. El tribunal considera que esta suspensión es necesaria para asegurar que, en caso de que se dicte una sentencia a favor de la demolición, sea posible restaurar las estructuras a su estado original.
Además, el tribunal rechaza los argumentos del Gobierno canario sobre posibles lesiones a intereses públicos y privados, señalando que las obras aún no han comenzado y que no se ha otorgado una licencia municipal de construcción por parte del Ayuntamiento de La Oliva.
Se abre la posibilidad de interponer un recurso de reposición contra esta decisión en un plazo de cinco días después de su notificación a las partes involucradas.