La exedil de Tuineje Margarita Martín condenada a pena de cárcel por la campaña de deshonra contra el empresario Lázaro Cabrera
El Juzgado de lo Penal número dos de Puerto del Rosario ha condenado a Margarita Martín, ex concejal por el PSOE en el Ayuntamiento de Tuineje, a una pena de un año y cuatro meses de prisión, multa de 3.600 euros e indemnización de 30.000 euros por sendos delitos continuados de calumnias e injurias cometidos contra el empresario Lázaro Cabrera.
Según publica Diario de Fuerteventura, en la sentencia se destaca la “campaña de deshonra y descrédito de Margarita Olga Martín Cabrera hacia Lázaro Cabrera Rodríguez” y se desmonta la tesis de la defensa, al rechazar que los insultos y acusaciones hacia el empresario “se produjeran en un contexto político de crítica a la gestión” del Ayuntamiento de Pájara, del Cabildo de Fuerteventura, de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural (Apmun) o del Gobierno de Canarias.
La sentencia constata, prosigue el Diario, que Margarita Martín llevó a cabo numerosas publicaciones, que “ha reconocido en el acto del juicio oral”, a través de Facebook y de un blog, y que el Juzgado deja claro que “no pueden entenderse amparadas por el derecho a la libertad de expresión”. Así, la sentencia subraya que los mensajes publicados por Martín “tienen, objetivamente, un significado infamante, degradante y de menosprecio de la persona que en ellos se retrata, que es principalmente” Lázaro Cabrera.
En la misma línea, el Juzgado recalca que las expresiones vertidas por la condenada no están amparadas por la libertad de expresión, por tener “un evidente contenido insultante, hiriente” o “delictivo, para cualquier observador medio”. Su objetivo, añade la sentencia, era “menoscabar” el honor de Cabrera.
El Juzgado recuerda que se considera calumnia imputar un delito a una persona “con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad”, y que la injuria es aquella expresión que lesiona la “dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación”.
Martín alegó “un pretendido deber de información y control de los poderes públicos, primero como concejal”, condición que abandonó en 2015, “y posteriormente como ciudadana”, escudándose, señala la sentencia, “en una supuesta vocación informativa”.
Sin embargo, resalta el Juzgado, en las publicaciones de la condenada “no se informa”, sino que “en todo momento se limita” a “realizar comentarios que transgreden en mucho la simple crítica o la defensa del interés público que alega, siendo el menoscabo de la dignidad” de Cabrera y de su familia “notorio”.
La sentencia, contra la que cabe recurso, impone a la condenada, además de la pena de 16 meses de prisión y el pago de 33.600 euros en concepto de multa e indemnización, la obligación de publicar la resolución judicial en su perfil personal de Facebook, además de en una página de la misma red social que controlaba y una web también bajo su control, “debiendo mantenerla accesible” durante tres años.
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