Canarias incrementa las deducciones autonómicas para la campaña de la renta

Román Rodríguez

Los contribuyentes con residencia habitual en las Islas verán mejoradas la mitad de las deducciones actuales, del 20% al 40%, y podrán beneficiarse de otra extraordinaria por el alza de precios

 

La campaña de la renta de 2022, que se inicia este martes, 11 de abril, incorpora importantes novedades en el tramo autonómico, de las que se podrán beneficiar los contribuyentes con residencia habitual en Canarias.

 

Las medidas aprobadas en su momento por el Gobierno de Canarias y contempladas en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma consisten fundamentalmente en el incremento de más de la mitad de las deducciones ya existentes y la creación de otra extraordinaria para compensar el alza de los precios. Las mejoras afectan a las cuantías y a los límites de renta establecidos para su disfrute, lo que permitirá aumentar el número de beneficiarios potenciales. Precisamente ayer, el sindicato de Técnicos de Hacienda, señaló que los contribuyentes canarios serán los que se beneficiarán de más deducciones de todo el Estado.

Las deducciones mejoradas son las siguientes:

- Las vinculadas con situaciones personales y familiares (nacimiento, discapacidad y edad, familia numerosa, desempleados, acogimiento de menores, familias monoparentales, y familiares con discapacidad).

- Las que conllevan aplicación de la renta en gastos básicos (por estudios -superiores y no superiores-, por guardería, por alquiler y por enfermedad).

- Las que implican aplicación de renta en inversiones prioritarias en vivienda habitual (por su adquisición, por obras por razón de discapacidad, y por obras de rehabilitación energética).

Los importes de las deducciones suben un 20% (siendo un 40% en el caso de inversión en vivienda habitual y obras por discapacidad en la vivienda), y la ampliación del límite de las rentas alcanza un 10% más, pasando de 39.000 euros a 42.900 euros en tributación individual, y de 52.000 a 57.200 euros  en tributación conjunta.

Por lo que respecta a la nueva deducción extraordinaria por alza de precios, podrán acceder a ella todos los contribuyentes con rentas inferiores a 30.000 euros en tributación individual, o 40.000 euros en tributación conjunta. Esta deducción contiene tres cuantías fijas de 225, 175  y 125  euros, en función de que la renta del contribuyente sea, respectivamente, inferior a 20.000 euros; igual o superior a 20.000 euros e inferior a 25.000 euros; y, por último, igual o superior a 25.000 euros e inferior a 30.000 euros.

El concepto de rentas hace referencia a las bases liquidables, con lo que, por ejemplo, una  base liquidable inferior a 20.000 euros afecta a una persona o familia cuyos ingresos brutos en el certificado del IRPF sean de 25.000 euros en tributación individual; para el tope de 25.000 euros de base liquidable serían más de 30.000 euros de ingresos brutos de renta; mientas que para bases liquidables de hasta 30.000 euros se beneficiarían  aquellos contribuyentes cuyos  ingresos brutos fueran inferiores a 36.000 euros.

Esta excepcional deducción no está condicionada a un tipo de gasto, pago o situación personal o familiar, pues su finalidad está directamente vinculada con el incremento de precios generalizado que están soportando todos los ciudadanos, en especial, los de rentas medias y bajas, quienes representan un 85% del total de los contribuyentes canarios.

Del mismo modo, entrará en vigor un ajuste de la Tarifa autonómica (escala de gravamen), por la que se incrementan de forma progresiva las bases liquidables de los 5 primeros tramos de la escala, desde un 4,5% para los tramos más bajos de renta  hasta un 3,5%, para las bases liquidables de hasta 53.407,21 euros. Este ajuste del gravamen afecta a más del 95% de los contribuyentes canarios, sin exigir ningún requisito adicional.

Específicas por la erupción de La Palma

Además de las medidas de aplicación general citadas hay otras cuatro adicionales por la erupción de La Palma. Las tres primeras están dirigidas a los contribuyentes con residencia habitual en la isla de La Palma que hayan resultado afectados por la erupción volcánica y la cuarta para los residentes en Canarias que contribuyan al realojo de estas personas, en dicha isla.

Estas deducciones, vigentes desde el año 2021, son las siguientes:

1.- Por el mínimo personal, familiar y discapacidad, por un importe equivalente al 10% de las cuantías previstas para estos conceptos estatales y tras aplicar el primer tramo de la escala autonómica.

2.- Por el desarraigo sufrido tras la pérdida de algún inmueble, una cuantía que llega hasta 2.000 euros por cada uno.

3.- Por los gastos de enfermedad, se incrementa el porcentaje de deducción general existente hasta el 35% con exclusión de cualquier límite.

4.- Por la cesión de uso temporal y gratuita de inmuebles ubicados en La Palma, un importe máximo de 1.500 euros por cada bien.